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La Fiscalía avala la imputación de Pradas pero se opone la del ex número dos de Emergencias en la DANA

La Audiencia Provincial de Valencia debe resolver el recurso presentado por el ex secretario autonómico

El exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso a su llegada a la Ciudad de la Justicia / Rober Solsona

El exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso  a su llegada a la Ciudad de la Justicia

Valencia

La Fiscalía de Valencia se opone por ahora a la imputación del ex número dos de Emergencias de la Generalitat Emilio Argüeso, sin perjuicio de que el avance de la investigación sobre la dana revelara que tenía algún tipo de cometido "que hubiera podido evitar o disminuir" las muertes.

Así lo recoge un escrito de Fiscalía de esta semana, anterior a la declaraciones de este viernes, en el que el Ministerio Público apoya la apelación de Argüeso al auto de la jueza instructora de la DANA por el que le imputó dada su "relevancia orgánica y por ende decisoria.

La Fiscalía provincial considera sobre la imputación del ex secretario autonómico de Emergencias, número dos de Pradas, que según jurisprudencia del Tribunal Supremo no se pueden atribuir responsabilidades a una persona "por el mero hecho de su cargo, por muy alto que este sea", lo cual vulneraría "de manera flagrante el principio de culpabilidad". No obstante, aclara que eso no significa que no pueda haber una posterior imputación de Argüeso si las diligencias y las pruebas durante la instrucción revelaran que tenía algún cometido relacionado con la adopción de medidas que "hubieren podido evitar o disminuir los fallecimientos o lesiones de personas provocados por la dana, y que infringió su deber de actuar creando un riesgo para la vida o integridad física de las personas".

En cualquier caso, la Audiencia Provincial de Valencia debe resolver el recurso presentado por el ex secretario autonómico.

Sí a la de Pradas

Por otra parte, la Fiscalía de Valencia ha pedido confirmar la imputación de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas en la causa sobre la gestión de la dana porque según la legislación autonómica le correspondía a ella "determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse".

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